Portal de Notarías - Edictos
Los edictos son comunicaciones oficiales públicas cuyo objetivo es promulgar una disposición, hacer pública una resolución, dar noticia de la celebración de un acto o citar a una persona.
Buscar y consultar
Ingrese al Portal de Notarías con la cuenta de correo electrónico proporcionada. La página de inicio se muestra así:
Haga clic en el módulo Edictos. Se mostrará un listado con los edictos en orden cronológico inverso.
Utilice los botones Anterior, No. de página y Siguiente para navegar entre las páginas del listado. Si necesita visualizar más filas, seleccione otra cantidad en la opción Mostrar
También puede usar el buscador, escriba en uno o más campos cómo lo quiere filtrar y presione el botón Lupa o ENTER en su teclado. En cambio, el botón Escoba limpia los campos del buscador y deja el listado sin filtros.
Ubique el Edicto que desea consultar y haga clic sobre él para acceder a su detalle. En la vista detallada, encontrará los datos en el primer bloque, en el segundo las publicaciones futuras, y en el tercer la vista previa del archivo PDF (es necesario que el navegador tenga esta capacidad).
Haga clic en el botón Acuse para generar un comprobante de publicación, el cual puede imprimir o guardar como archivo PDF.
Si desea abrir en otra pestaña la página pública del sitio web pjecz.gob.mx ese edicto, de clic en Enlace público para descargar PDF.
Subir un edicto
Haga clic en el botón Subir. Se mostrará el formulario para subir.
Complete los campos requeridos. Los que aparecen en negritas son obligatorios:
- Elija la cantidad de veces a publicar (para más de una vez elija las fechas futuras)
- Escriba una breve decripción
- Adjuntar el archivo o arrastralo (Sólo se permite el tipo de archivo PDF)
Revise toda la información antes de guardar, ya que una vez guardado, el edicto será público de manera inmediata.
Cuando termine, haga clic en el botón Guardar. Se mostrará el detalle del edicto publicado.
Aproveche la comodidad de programar las fechas futuras de publicación. Así ya no tendrá que preocuparse por volver a ingresar al sistema para subirlo nuevamente en otra fecha.
Editar
Podrá editar un edicto dentro de las 24 horas siguientes a su publicación. Transcurrido este plazo, no será posible realizar modificaciones.
Para editar busque y acceda al detalle de lo que quiera modificar.
Haga clic en el botón Editar y se mostrará el formulario de edición:
Realice los cambios necesarios y haga clic en Guardar. Las modificaciones se reflejarán de inmediato en la consulta pública.
Eliminar
Podrá eliminar un edicto dentro de las 24 horas siguientes a su publicación. Transcurrido este plazo, no será posible eliminarlo.
Para eliminar busque y entre al detalle de lo que quiera modificar.
Haga clic en el botón Eliminar. Mostrará una pequeña ventana para confirmar:
Verifique que desea eliminar el edicto y haga clic en Eliminar. Una vez eliminado, el detalle se mostrará con fondo oscuro.
Recuperar
Si ha eliminado un edicto por error, podrá recuperarlo si inmediatamente da clic en Recuperar. Pero internamente, si han pasado más de 24 horas, ya no será posible restaurarlo.
Para recuperar un edicto eliminado, haga clic en el botón Recuperar. Se mostrará una ventana de confirmación:
Verifique que desea recuperar el edicto y haga clic en Recuperar. Una vez restaurado, el detalle se mostrará con fondo claro.